Ley de Parto Respetado image
El número de ley es 25929, su nombre oficial es “Ley N° 25.929. Parto Humanizado”, fue sancionada el 25 de agosto de 2004, promulgada el 17 de septiembre y publicada en el Boletín Oficial el 21 de septiembre del mismo año.
Sus puntos principales son los siguientes:
Todas las instituciones, tanto públicas como privadas, y todas las obras sociales y todas las prepagas deben cumplir con los siguientes derechos, tanto durante el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto:
  • Tienen obligación de tratarte con respeto (y a tu hijo/a también), darte intimidad y dejarte estar acompañada por quien vos elijas.
  • Tienen obligación de informarte, como persona sana y protagonista de tu propio parto que sos, sobre lo que te van a hacer y darte libertad para elegir entre diferentes opciones.
  • Tienen obligación de acompañarte para tener un parto natural, “respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por tu estado de salud” o el de tu bebx.
  • Tienen obligación de informarte sobre la evolución del proceso de tu parto y sobre el estado de tu hijo/a, y a estar siempre a su lado salvo que necesite “cuidados especiales” pero siempre con acceso para estar con él/ella, amamantarle y darte participación en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.
  • Tienen obligación de informarte la lactancia, los cuidados de ambos y darte apoyo para amamantar.
  • Algo muy importante que tenés que saber también es que ningún protocolo de ninguna institución puede ir en contra de estos derechos, ya que primero en orden de jerarquía está la Constitución Nacional, luego las leyes nacionales (como esta), luego las provinciales y luego los protocolos de hospitales y clínicas. Por lo cual, si la Ley Nacional de Parto Respetado dice que tenemos derecho a estar acompañadas, ningún protocolo, norma o regla puede impedir el ejercicio de este derecho.
  • Para acceder a la ley podés hacer ingresar acá: Ley de Parto Respetado
También hay otras leyes que nos protegen de la violencia obstétrica y neonatal, como la Ley 17132 (1967), la Ley 26485 (2009), la Ley 26529 (2009) y la Ley 26873 (2015).

Desde el Programa PSI buscamos garantizar esta ley durante la gestación, el parto y el puerperio.  Lo hacemos a partir del trabajo transdisciplinario de un equipo de 15 profesionales.  Conocé más sobre nuestro programa en este link:  Sobre nosotros